Asimismo se comunica que se encuentra plenamente vigente la Ordenanza N° 3313/2021 que en su artículo 1° establece una multa dineraria equivalente al importe mínimo de 400 litros de nafta súper y hasta un máximo de 1500 litros, para aquellas personas que violen las disposiciones y protocolos realizados con motivo de la pandemia Covid-19. Son solidariamente responsables los propietarios, organizadores y participantes de los eventos prohibidos.